Arxius
- Per fil 115
-
Per data
- de març 2022 20
- de juny 2022 4
- d’agost 2022 5
- de setembre 2022 5
- d’octubre 2022 2
- de desembre 2022 5
- de febrer 2023 2
- de març 2023 9
- d’abril 2023 3
- de maig 2023 2
- de juny 2023 2
- d’agost 2023 1
- d’octubre 2023 1
- de desembre 2023 2
- de gener 2024 3
- de març 2024 1
- de maig 2024 4
- de juliol 2024 2
- de setembre 2024 7
- d’octubre 2024 4
- de desembre 2024 3
- de febrer 2025 2
- de març 2025 3
- de maig 2025 4
- de juliol 2025 3
- d’agost 2025 2
- de setembre 2025 2
- de novembre 2025 2
- de gener 2026 3
- de març 2026 1
- de juny 2026 1
- de juliol 2026 1
- d’agost 2026 1
- d’octubre 2026 5
Administración FDA
-
-
Intentad solicitar esta semana el planteamiento de vacaciones. Mínimo solicitado desde el 01/01/2025 hasta 31/08/2025: 15 días laborables
per Gustavo García López - 10:02 - 20 de maig 2025 -
Buenos días
Para poder arrastrar un semirremolque de otra empresa, hay que cumplir con una serie de requisitos legales y administrativos.
Arrastrar un semirremolque de otra empresa requiere un acuerdo contractual. Se necesita la autorización de la empresa propietaria del semirremolque, un convenio de alquiler o un contrato de transporte.
El acuerdo firmado entre la empresa propietaria y la empresa de vehículo tracto-camión debe estar en posesión del conductor para cualquier requerimiento o inspección o siniestro en carretera.
Dicho acuerdo debe tener una fechas indicativas de los periodos de arrastre para poderlo justificar con las facturas correspondientes.
El semirremolque de lonas M-22535-R pertenece a la empresa DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN TÉCNICA DE EXPOSICIONES, S.L.U. y está siendo arrastrado por las cabezas tractoras de FDA en este mes en curso.
Adjunto modelo de autorización.
per Gustavo García López - 08:18 - 19 de maig 2025 -
CARTEL DE PETROLERAS: ABIERTA NUEVA FASE DE RECLAMACIÓN
En 2022 promovimos en colaboración con un Fondo de Litigación especializado una reclamación judicial colectiva, abierta a todos nuestros asociados, contra las principales compañías petrolíferas que operan en España por prácticas restrictivas de la competencia incrementando artificialmente los precios finales de venta de los carburantes en su red de gasolineras durante más de una década, como así acreditó al Comisión Nacional de la Competencia.
Como resultado de esta reclamación, el pasado mes de marzo obtuvimos una sentencia pionera y muy favorable en la que los tribunales condenaron a BP a indemnizar a todos los que se adhirieron a la reclamación, la cual ha sido apelada por la petrolera esperando ue obtengamos la sentencia definitiva en los próximos meses.
Esta sentencia contra BP nos abre la posibilidad de abrir de nuevo la reclamación contra las otras 2 petroleras de las que aún no se ha dictado sentencia en la reclamación interpuesta contra ellas (Respol y Cepsa-Moeve) para que puedan adherirse todos aquellos autónomos o empresas que NO lo hicieron en la anterior reclamación.
Recuerda que, como en la anterior ocasión, la adhesión a la reclamación es 100% GRATUITA, ya que no tiene ningún coste para el reclamante sino que todos los costes, incluso los judiciales, que los soporta el Fondo de Litigación. Así de la reclamación que finalmente se obtenga el reclamante que se adhiera recibirá un 60% del importe, deducidos los gastos tasados de peritaje y abogados. Pueden reclamarse todos los consumos en estaciones de servicio (NO se admiten consumos en depósitos propios) de las marcas REPSOL-SOLRED o CEPSA-MOEVE realizados desde el segundo semestre de 2006 hasta Diciembre de 2021 inclusive.
El plazo para que puedas adherirte es muy corto teniendo en cuenta que tenemos que tener subida toda tu documentación antes de finales de Junio, por lo que si estas interesado debes comunicarte con nosotros a la mayor brevedad en nuestros medios de contacto habituales y facilitarnos doda la documentación antes del 16 de junio de 2025.
per Gustavo García López - 12:26 - 15 de maig 2025